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CONSEJO ESTUDIANTIL

Funciones:

Es el máximo órgano colegiado que asegura el ejercicio y participación de las estudiantes. (Decreto 1860 de 1994-artículo 29). Son sus funciones:

  1. Darse su propia organización interna;
  2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorar lo en el cumplimiento de su representación;
  3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil,
  4. Darse su propio reglamento.
  5. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia. 

 

Integrantes:

Está conformado por los representantes de cada grupo, a partir del grado cuarto, elegidos por votación en asamblea de estudiantes; y liderado por un docente encargado.  Los grados de preescolar a tercero eligen un delegado del grado tercero.

 

Encuentros:

Una vez al mes.

 

Escenarios de participación: 

El representante de los/as estudiantes (del último grado ofrecido por la IE), participa en el consejo directivo.

El presidente del consejo estudiantil participa en el comité de convivencia.

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